RECLAMO A AYSA
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO:
Los reiterados cortes del suministro de agua potable que vienen afectando desde hace 30 días a varios barrios de Lomas de Zamora, y
CONSIDERANDO:
Que el agua potable es uno de los elementos vitales para el funcionamiento de los sistemas que componen el cuerpo humano.
Que al carecer de la misma se generan riesgos en la salud de la comunidad y que ello es aún mayor en días de muy elevadas temperaturas, sobre todo para bebés y adultos de la tercera edad.
Que, por el corte, los vecinos no tuvieron suficiente agua potable, no asegurando las condiciones de calidad, cantidad y continuidad establecidas por las normas aplicables.
Que el suministro de agua potable debe ser brindado en cantidad suficiente y de manera continua las 24 hs. sin interrupciones, cumpliendo niveles de calidad y eficiencia según los estándares establecidos en las normas técnicas. Al faltarle presión al agua, los estándares de calidad desaparecen.
Que el uso y consumo de agua potable es un derecho humano y, como tal, debe estar garantizado, cumpliéndose de manera correcta con la “Seguridad Hídrica”, teniendo disponibilidad para cubrir todas nuestras necesidades básicas (consumo, higiene, para cocinar, lavar los alimentos etc.), humanas y ambientales, que asegure nuestro bienestar y supervivencia (Art.5 y 8 bis Ley Nº 24.240).
Que AySA tampoco brindó respuestas ni soluciones a los reclamos llevando agua con bidones o camiones cisterna a los vecinos afectados.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Presidente de Aguas y Saneamientos Argentinos (AySA),Ingeniero Alejo Maxit, para expresar su preocupación por el riesgo a la salud corrido por los vecinos afectados por la reiterados cortes suministro de agua potable que se vienen sucediendo en varios barrios de Lomas de Zamora y además solicitarle a que en casos como los señalados se provea de agua potable a los vecinos a través de bidones o camiones cisterna contemplando asimismo los descuentos pertinentes en la facturación a los usuarios en virtud de la falta del servicio..
ARTÍCULO 2°: Apruébase con su Visto y sus Considerandos.
ARTICULO 3°: De forma.