PREPAGAS Y OBRAS SOCIALES
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La Resolución 3934/24 que habilita a las prepagas y a las obras sociales a limitar la entrega de recetas y órdenes de estudios a los afiliados de planes médicos cerrados, y
CONSIDERANDO:
Que según la misma sólo los profesionales en cartilla quedan habilitados a prescribir medicamentos y tratamientos para que los pacientes puedan solicitar la cobertura, subsidio o reintegro de prácticas médicas y medicamentos.
Que esta medida afecta a más de 11 millones de beneficiarios (entre afiliados a prepagas y obras sociales),
Que para los planes de salud cerrados “la cobertura médico-asistencial de prácticas y medicamentos será otorgada exclusivamente sobre la base de prescripciones realizadas por los médicos que integren la cartilla del Agente del Seguro de Salud correspondiente”.
Que de esta forma los pacientes deberán atenderse exclusivamente con los médicos que figuren en la cartilla de la prepaga.
Que muchos grupos familiares que reciben tratamientos específicos no contemplados en cartilla verán aún más dificultado en poder acceder a los mismos
Que, de esta manera, para que los usuarios apelen esta medida, un juez deberá declarar previamente su ilegitimidad y fundamentar la decisión.
Que esta forma lleva a que, todos los afiliados de planes cerrados que quieran tener una prestación eleven su prestación a los planes abiertos, que suelen ser los más costosos.
Que dentro de las argumentaciones se señala “Es fundamental controlar que, en los planes cerrados, las prácticas y medicamentos indicados a los beneficiarios sean prescriptos exclusivamente por los médicos incluidos en las cartillas del Agente del Seguro de Salud correspondiente, para evitar inconsistencias en la prestación y mitigar riesgos financieros”, o que el anterior sistema reflejaba un “riesgo de desfinanciamiento” para los Agentes del Seguro de Salud y que la cobertura de prácticas o medicamentos no previstos podía “comprometer la sostenibilidad financiera del sistema”.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige a la Superintendencia de Servicios de Salud para expresar su profunda preocupación por la habilitación a las prepagas y a las obras sociales a limitar la entrega de recetas y órdenes de estudios a los afiliados de planes médicos cerrados, expresado en la Resolución 3934/24.
ARTICULO 2º.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTICULO 3º.- De forma.