INFORME SARAMPIÓN
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO:
La advertencia proveniente del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires por el riesgo de brote de sarampión en Lomas de Zamora y otros distritos de la Región Sanitaria VI, y
CONSIDERANDO:
Que el 1 de febrero de 2025 se emitió una alerta epidemiológica nacional ante la confirmación de un caso de sarampión en una niña proveniente de Rusia, en la Ciudad de Buenos Aires. “Hasta el momento se registran tres casos de sarampión vinculados al brote en CABA”, informa la cartera sanitaria.
Que en la provincia se identificaron 128 niños que fueron contacto de los casos confirmados que se encuentran en seguimiento.
Que son 30 los municipios con riesgo de brote de sarampión
Que dentro de los distritos mencionados aparece la Región Sanitaria VI, que comprende los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Quilmes, Lanús (primer brote de dengue) y Lomas de Zamora.
Que el boletín epidemiológico (del 16 al 22 de febrero) precisa que “hasta el momento no se detectaron casos secundarios entre los contactos de la PBA que se encuentran en seguimiento”.
Que se indicó vacunación con Triple viral con dosis cero a niños de 6 a 12 meses identificados como contacto y una dosis extra a los contactos entre 13 meses y 5 años, además se completó el calendario.
Que el riesgo de brote de sarampión se encuentra aumentado por la situación de bajas coberturas de vacunación con vacuna triple viral (sarampión-rubéola-paperas).
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo con el fin de solicitar que en cada uno de los centros asistenciales del municipio se cumpla con las medidas requeridas por el ministerio de Salud Provincial:
a) donde se insta a todos los equipos de salud a mantener la sensibilidad de la vigilancia epidemiológica, especialmente en las regiones sanitarias en las que se encuentran contactos del caso confirmado.
b) que en la atención de pacientes, con la sospecha de enfermedad febril exantemática (EFE) ante personas de cualquier edad que presenten fiebre y exantema, se dé notificación inmediata.
c) que en virtud de que el riesgo de brote de sarampión se encuentra aumentado por la situación de bajas coberturas de vacunación con vacuna triple viral (sarampión-rubéola-paperas) se aprovechen todas las oportunidades de vacunación para completar los esquemas de calendario y dosis extras indicadas.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.