CONFORMACIÓN EQUIPO REPARACIÓN ADOQUINADO

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

VISTO:
          La falta de tratamiento del Expediente N° 241-P-25 al mantenimiento de las calles adoquinadas, y

CONSIDERANDO:
Que el mencionado Expediente fue presentado el día 28 de abril del año 2025 en Sesiones Ordinarias.
Que el mismo fue girado a la comisión de Obras Públicas y Urbanismo.
Que han pasado más de 40 días y aún no contamos con una respuesta certera a lo requerido en cuanto a si se conformaron los equipos especializados con el objeto de preservar y restaurar las calles adoquinadas declaradas de Interés Patrimonial Municipal tal cual lo establecido en el Art 2 de de la Ordenanza 10.483.
Que en virtud al Art. 56º del Capítulo VI del Reglamento interno del HCD (DECRETO HCD 44/20) que establece: “Las Resoluciones y Comunicaciones que tengan por objeto reiterar aquellos pedidos de informes ya realizados y que vencido el plazo legal no hayan sido evacuados, serán anunciados y considerados de inmediato por el Concejo sin ser girados previamente a la comisión respectiva”.
Que en razón de la función de control de la gestión municipal, competencia de este Cuerpo Deliberativo, resulta procedente volver a requerir al Departamento Ejecutivo la preservación de las calles adoquinadas del distrito de Lomas de Zamora declaradas de Interés Patrimonial Municipal en estricto cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza N° 10.483.

POR TODO ELLO:
                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo para reiterar, en virtud del Artículo 56º del Capítulo VI del Reglamento interno del HCD (DECRETO HCD 44/20), la solicitud con el fin de que
proceda a informar acerca de lo requerido en el Expediente N° 241-P-25:
- Si se conformaron los equipos especializados con el objeto de preservar y restaurar las calles adoquinadas declaradas de Interés Patrimonial Municipal tal cual lo establecido en el Art 2 de de la Ordenanza 10.483.

 

- En caso de respuesta afirmativa señale: fecha de  creación, número de personas que la integran (legajos y carga horaria). Asimismo liste nómina y alturas de las calles intervenidas y fecha de tarea efectuada.
- En caso de respuesta negativa a la conformacion de los equipos señale las causales del incumplimiento a lo establecido en la normativa vigente.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3º.- De forma.