COBRO LUMINARIAS EDESUR
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO:
La importancia que reviste el control de los gastos en las cuentas publicas, y
CONSIDERANDO:
Que mes a mes el Municipio recibe de EDESUR el monto que el mismo debe abonar en concepto del consumo producto del alumbrado público.
Que para ello es menester tener individualizado correctamente el estado y la conformación del parque lumínico,
Que de dicho registro depende la forma de garantizar que el monto que se pretende cobrar sea real, pueda ser controlado y auditado.
Que se ha presentado el Expte.255-P-24 en la sesión del 7 de mayo del año 2024 y que en esa fecha ha sido girado a la comisión de Servicios Públicos.
Que han pasado ocho meses y aún no ha sido tratado en la comisión correspondiente.
Que de acuerdo al Art. 56º del Capítulo VI del Reglamento interno del HCD (DECRETO HCD 44/20) que establece: “Las Resoluciones y Comunicaciones que tengan por objeto reiterar aquellos pedidos de informes ya realizados y que vencido el plazo legal no hayan sido evacuados, serán anunciados y considerados de inmediato por el Concejo sin ser girados previamente a la comisión respectiva”.
Que es necesario tener claridad en el control de los servicios que se presten dentro del distrito y que el mismo sea controlado de manera eficaz por el área correspondiente en resguardo del erario Municipal.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo para que, a través del área pertinente, informe:
- Si existe un registro/mapa donde están señalizados cada uno de los postes y brazos lumínicos, en calles y plazas, así como semáforos del municipio.
En caso de respuesta afirmativa a la pregunta anterior especifique de cada poste, brazo y semáforo el tipo de luminaria existente, su potencia, fecha de colocación y horas de encendido diario.
En caso de respuesta negativa a la primera pregunta indique los motivos de la falta de la misma, así como cuál es la metodología de control del consumo de energía para el alumbrado público.
- Indique si por parte del Gobierno Municipal se efectúa un relevamiento para detectar las luces encendidas que por fallas de la célula fotoeléctrica quedan prendidas 24 hs.. En caso de respuesta afirmativa describa cada cuánto se efectúan el mismo. Así como si hay un promedio de apagados de luces que no funcionan por roturas o desperfectos.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.