CASA QUINTA DRYSDALE
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO:
La importancia que reviste la Casa quinta de Joseph Norman Drysdale -14 de Julio 8 Témperley-, y
CONSIDERANDO:
Que es una joya escondida en el corazón de Témperley: la quinta de Joseph Norman Drysdale, casado con Inés Gibson y cuñado de Simón Sansinena, cuya quinta hoy es ocupada por el Colegio Comercial de Temperley “Tomás Espora”.
Que, siendo los Drysdale una familia conocida relacionada a la fundación de muchísimas instituciones como el Banco Nación, Banco Provincia, Hospital Británico, Victoria Convalescent Home, Iglesia San Andrés, Iglesia Holy Trinity y, directa o indirectamente, de colonias agrícolas y lugares conocidos como Villa Adelina (por Adelina Drysdale Munro), Winifreda (por Winifred Maud Drysdale).
Que con la inauguración del Ferrocarril del Sud en 1865 y la instalación de las estaciones de Lomas y luego de Témperley y Banfield, más el éxodo hacia los suburbios en búsqueda de un aire más puro y una vida más saludable generado por la epidemia de fiebre amarilla de 1870, la verde Lomas de Zamora se convirtió en el sitio predilecto para construir quintas suburbanas.
Que se sumaron así, a las familias originales, nuevos habitantes, entre los que se contaron los de comunidad británica, que ya tenía importante presencia en el partido desde el establecimiento de la Colonia Escocesa de Santa Catalina y de chacras como las de Bell, Témperley y Green.
Que esta nueva oleada cambió la fisonomía de Lomas, aunque respetando la relación con el verde de sus antiguas arboledas.
Que, en ese contexto, John Drysdale adquirió en 1871 la quinta “Los Leones” de Banfield a Esteban Adrogué, y luego su hijo Joseph Norman Drysdale, comerciante, estanciero y fundador de colonias agrícolas se instaló en esta casa, lindera a la estación Témperley, con acceso por la calle 14 de Julio.
Que los Drysdale eran una conocida familia de origen escocés con comercio de productos y maquinarias agrícolas, destacándose además por sus servicios a la comunidad, participando en diversas instituciones y realizando donaciones, por ejemplo, para construir la Iglesia Presbiteriana de Buenos Aires, y a nivel local J. N. Drysdale cediendo las tierras para el Gazcón Lawn Tennis Club en el Barrio Parque Martínez de Banfield, al perder éste su terreno original junto a las vías debido a su cuadriplicación.
Que el casco de esta quinta, rodeado de centenarios árboles, donde se realizaban las kermeses de la Iglesia Presbiteriana de Témperley, es una de las pocas que sobreviven de aquella época, respetando el entonces predominante planteo criollo de casa de campo con planta en forma de “U”, “O”, “H” o “L”, con techos planos, galerías y lenguaje clásico.
Que, por estos motivos, en el año 2016 fue catalogada por el Programa Municipal de Protección del Patrimonio e incluida junto a otros 68 edificios en el Registro Único de Bienes Patrimoniales de Lomas de Zamora (Ordenanza Municipal 16087/2016).
Que se le otorgó la Protección Estructural dado su valor histórico, arquitectónico, urbanístico o simbólico que caracterizan su entorno y son testimonio de la memoria de la comunidad.
Que fue valorada por la Nación por Decreto del P.E.N 1063/1982.
Que en la actualidad su estructura se ve afectada por la construcción de vivienda en el jardín de dicha propiedad.
Que es de importancia que el municipio, a través de la Dirección Municipal de Obras Públicas, se dé cuenta del estado actual del bien patrimonial protegido y los permisos otorgados, en caso de corresponder.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige a la Dirección Municipal de Obras Particulares para solicitar que informe, en relación la Quinta Drysdale, ubicada en la calle 14 de Julio 8 en su intersección con las vías, Témperley, datos catastrales C IV, Sec. A, MANZ. 103, PARC. 25b, la cual cuenta con nivel de protección estructural por Ordenanza N° 16087/2016:
Si se ha tramitado algún permiso de obra en la misma
En caso de respuesta afirmativa señale fecha del pedido, fecha de evaluación por la Comisión Evaluadora, dictamen de la misma, así como acciones aprobadas.
En caso de respuesta negativa solicitar se arbitren las inspecciones necesarias con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la legislación vigente y paralizar todo tipo de acción no autorizada.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.