BENEPLÁCITO RATIFICACIÓN DE LEY EMERGENCIA EN DISCAPACIDAD
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La ratificación de la Ley N° 27.793 que declara la emergencia en discapacidad en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2026 inclusive, pudiendo prorrogarse por un año más, y
CONSIDERANDO:
Que dicha ley había sido vetada en totalidad por el presidente de la Nación, Dr. Javier Milei el día 1 de agosto del año 2025 a través del Decreto N° 534/2025.
Que por ello el Congreso de la Nación debió insistir, en uso de sus facultades, para que sea promulgada la ley vetada.
Que el día 20 de agosto del año 2025 se aprobó la insistencia en la Cámara de Diputados de la Nación con más de los dos tercios de los votos (172 votos a favor, 73 en contra y 2 abstenciones).
Que el 4 de septiembre del año 2025 la Cámara de Senadores rechazó el veto presidencial con 63 votos afirmativos y 7 negativos, ratificando la Ley.
Que el proyecto contó con el apoyo en ambas Cámaras de gran parte del arco político.
Que, en lo inmediato, el proyecto debe pasar al Poder Ejecutivo para ser promulgado.
Que el objetivo de la Ley es asegurar el cumplimiento efectivo de los derechos de las personas con discapacidad en áreas como salud, educación, trabajo y protección social por lo cual prevé:
- Actualización de Prestaciones: Compensar la diferencia entre los valores actuales y la inflación desde 2023.
- Nuevas Pensiones: Equivalentes al 70% del haber mínimo jubilatorio, permitiendo trabajar sin superar los dos salarios mínimos.
- Financiamiento: El Poder Ejecutivo Nacional deberá financiar una compensación de emergencia a los prestadores.
- Auditoría: La Agencia Nacional de Discapacidad realizará una evaluación justa y transparente de la situación socioeconómica de los beneficiarios.
- Fortalecimiento de los talleres protegidos y centros de día: se asignan recursos específicos y compensaciones para garantizar su funcionamiento continuo
Que la Ley apunta a garantizar derechos y servicios esenciales para las personas con discapacidad, en un contexto de recortes y demoras en los pagos.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora expresa su beneplácito por la ratificación del Congreso de la Nación de la Ley N° 27.793 y solicita al Presidente de la Nación, Dr. Javier Milei, la inmediata promulgación de la misma.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.